CLASIFICIACIÓN 1: CONSIDERADOS MANO DE OBRA LOCAL
MIGRACION LABORAL
VIII. PERMISO DE TRABAJO TIPO 1F:
Para trabajador (a) migrante dependientes de personal diplomático, consular, administrativo y de organismos internacionales acreditados en la República de Panamá.
Para trabajador (a) migrante dependientes de personal diplomático, consular, administrativo y de organismos internacionales acreditados en la República de Panamá
REQUISITOS COMUNES
- Documento de Filiación obtenido tras llenar el Registro Nacional de Mano de Obra Migrante.
- Poder otorgado a un abogado(a) mediante el cual la persona migrante lo (la) autoriza a representarlo(a) en el trámite. Debe estar debidamente notariado.
- Solicitud del Permiso de Trabajo, presentado mediante un abogado(a), donde se especifique el tipo de permiso de trabajo y los fundamentos sociales/laborales de la solicitud.
- Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración (SNM), donde conste el estatus migratorio del solicitante. Este documento debe presentarse con los timbres fiscales de B/. 8.00.
- Copia legible de las generales del pasaporte, vigente, o validación línea del Registro Único de Extranjería (RUEX), u otro que disponga el SNM.
- Copia de carné de trámite, carné de residencia provisional o permanente, emitida por el SNM, o copia del carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral (TE) de Panamá, autenticado por dicha entidad, según corresponda.
Adicional deben presentar los siguientes requisitos:
- Carta expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores (MIRE) donde presentan la solicitud del permiso de trabajo para el trabajador(a) migrante dependiente.
- Copia simple de las generales del pasaporte del personal con cargo diplomático, consular, administrativo y de organismos internacionales acreditados en la República de Panamá.
- Copia simple de las generales del pasaporte del trabajador migrante dependiente.
- Certificación expedida por el MIRE, en donde certifica el estatus de la persona diplomática que ostenta el cargo.
- Copia del carné expedido por el MIRE del personal con cargo diplomático, consular, administrativo o de organismos internacionales acreditados en la República de Panamá.
- Copia del carné expedido por el MIRE del trabajador migrante dependiente.
Costo del Carné: B/. 100.00
Renovación del Carné: B/. 30.00
Válido por el término de la permanencia en el país del personal de la misión diplomática, consular o internacional, se deberá renovar el carné cada 5 años.
NOTA: Esta solicitud se realizará presencialmente en todas las oficinas regionales del Mitradel en todo el país, de acuerdo a la localización del lugar de residencia del Migrante (Solo se exceptúa la Dirección Regional Especial de Minera Panamá), hasta que el trámite esté disponible en Panamá Digital.