• El reciclaje en vertederos es una de las peores formas de trabajo infantil.

Panamá, 24 de julio de 2024.   Cumpliendo el compromiso de prevenir y erradicar el trabajo infantil en Panamá, personal del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), junto a la Defensoría del Pueblo, Casa Esperanza y la Senniaf, recorrieron el vertedero de Cerro Patacón en un operativo organizado y custodiado por la Policía Nacional.

A la llegada al sitio, no se encontraron menores en condición de trabajo infantil, sin embargo, se procedió a sensibilizar a los adultos que realizaban labores de reciclaje, sobre los peligros que corren los infantes y adolescentes en estas áreas.

La trabajadora social de la Dirección contra el Trabajo Infantil y Protección del Adolescente Trabajador (Diretipat), Ileana Cuesta, indicó que el reciclaje en los vertederos, es tipificada como una de las peores formas de trabajo infantil, por lo que las familias que se dedican a este tipo de actividad no deben llevar a sus niños a estos lugares. Agregó que el mejor lugar para los menores son las aulas de clases.

De acuerdo con el Convenio 182 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), existen actividades que son catalogadas dentro del listado de trabajo infantil peligroso, porque exponen a los menores a afectaciones como picaduras de insectos, heridas en la piel, amputaciones, entre otras.

En el listado se menciona actividades tales como, trabajo con explosivos o sus componentes, actividades donde deben estar mucho tiempo de pie, de rodillas, virados o torcidos, trabajo con maquinarias en movimiento, trabajos relacionados con basura, manipulación de dinero o valores, y otras más.

Por su parte, la oficial del Servicio de Policía de Niñez y Adolescencia, Abdiselmi Pineda, indicó que, para erradicar el trabajo infantil, se necesita la colaboración de la ciudadanía, denunciando los casos de trabajo infantil, por ello, de manera permanente se mantienen este tipo de jornadas de sensibilización interinstitucional en la población.

Según la legislación penal panameña, en el Capítulo II del Código de Trabajo, se establece que los niños y niñas que tengan menos de 14 años de edad no deben trabajar, y aquellos, que cuenten con la edad permitida, de 14 a 17 años, solo pueden realizar trabajos administrativos, siempre y cuando no tengan que manipular dinero, en un horario diurno que le permita acudir a sus clases académicas.