En tercer debate se aprobó hoy en la Asamblea Nacional de Diputados (AN), el Proyecto de Ley 475 de 2017, que aumenta las multas a quienes contraten mano de obra extranjera sin permiso de trabajo. La misma empezará a regir a partir de su promulgación en Gaceta Oficial.
Con estas modificaciones al Artículo 20 del Código de Trabajo toda empresa o comercio que contrate migrantes informales será sancionado con multas por cada trabajador en condición de ilegalidad, en primera instancia con quinientos balboas (B/. 500.00), la segunda vez con mil balboas (B/. 1.000) y por tercera vez con diez mil balboas (B/. 10.000), sin entrar a considerar la cantidad de trabajadores extranjeros; a su vez en este caso el MITRADEL solicitará al Ministerio de Comercio e Industrias (MICI), la suspensión temporal del Aviso de Operación, de las empresas o comercios que reincidan en esta práctica que fomenta una competencia desleal.
Si se presenta la contratación de extranjeros informales por cuarta ocasión, el MITRADEL solicitará al MICI, la cancelación definitiva del Aviso de Operación de las empresas o comercios reincidentes.
A su vez en las empresas donde se determine que incurren en faltas de diez (10) o más trabajadores sin permiso laboral, el monto de las multas será duplicado y los nombres de las mismas serán publicados.
Las multas actuales fueron establecidas hace 20 años y recoge sanciones propias de esa época cuyos montos hoy en día resultan irrisorios para los que incumplen la ley en materia de migración laboral.
El MITRADEL busca hacer cumplir las normativas laborales panameñas, y proteger la mano de obra nacional, evitando la competencia desleal.
Aabadía
2/8/2017