La Ley No. 201 sobre medidas temporales para preservar el empleo y normalizar las relaciones de trabajo establece que la última prórroga vigente de suspensión de los contratos del Sector primario es hasta el 31 de mayo de 2021.
En el Sector Primario están todas las empresas relacionadas con la agricultura, ganadería, caza, silvicultura, pesca y actividades conexas.
A partir del 1 de junio no se mantendrán contratos suspendidos en dicho sector, por lo tanto los empleadores están obligados a atender lo dispuesto en la norma y reactivar a sus trabajadores que a esa fecha se mantengan con contratos suspendidos, de lo contrario el MITRADEL procederá a reactivarlos automáticamente en el sistema.