Mediante una serie de operativos de verificación efectuados del 18 al 20 de marzo de 2020 por inspectores del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) se pudo constatar que centros de llamadas, empresas de telecomunicaciones, comercios al por mayor y menor y actividades de servicios de cobros ubicados en la periferia de la ciudad capital, incumplen con las normativas establecidas en el protocolo de higiene, salud y seguridad en el ámbito laboral para evitar el contagio por COVID-19.

El informe emitido por la dirección de Inspección indica que las empresas no cuentan con el Comité Especial de Salud e Higiene para la Prevención y Atención del COVID-19, mantienen personal mayor de 60 años realizando labores, límite de colaboradores trabajando sobrepasa la cantidad permitida (50) y entre trabajadores no guardan la distancia requerida entre uno y otro (1 metro cuadro de forma lineal)

Estas normas se encuentran tipificadas en el Decreto Ejecutivo No. 78 de 16 de marzo de 2020 “Que establece medidas de carácter laboral para evitar contagios del COVID-19 en las empresas del país” y en la Resolución Ministerial No. 137 por la cual se crea el “Protocolo para Preservar la Higiene y la Salud en el ámbito laboral”.

Sus directrices son de obligatorio cumplimiento por los interlocutores de la relación laboral (empleadores y trabajadores) y el no acatarlas se convierte en una violación a las normativas en materia laboral implementadas por las autoridades mediante el Estado de Emergencia Nacional.

El Mitradel insta a las partes (trabajadores y empleadores) a seguir las medidas y acciones en materia laboral para evitar contagios y a redoblar los esfuerzos conjuntos para mitigar la propagación del COVID-19 en nuestro país.

AAbadía
21/3/2020