La titular de la cartera laboral expresó, que las garantías y herramientas que ha podido tener el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, para poder hacer las reglamentaciones correspondientes y preservar los empleos con igualdad de oportunidades, ha sido precisamente la existencia del Código de Trabajo.

Estas medidas preventivas temporales se establecieron mediante un acuerdo alcanzado en la sesión virtual de la mesa tripartita por la economía panameña, única en la región, donde el gobierno nacional responsablemente planteó el llevar respuestas tanto al sector trabajador como empleador, para proteger y preservar los empleos durante el Estado de Emergencia Nacional en atención a la pandemia por el Covid-19.

Esta iniciativa que plasma de manera oportuna y eficaz las modificaciones temporales contenidas en la Ley 157 del 03 de agosto de 2020 y aplicadas a empresas que cerraron total o parcialmente sus operaciones, permite que estas empresas puedan reiniciar su actividad progresivamente, reintegrando de forma gradual a sus trabajadores con contratos suspendidos, tomando en consideración las recomendaciones del Comité Especial de Salud e Higiene y atendiendo las disposiciones sanitarias emitidas por las autoridades competentes.

La Ley 157 para la Protección del Empleo en Panamá, también adiciona el artículo 116-A al Código de Trabajo, donde establece la suspensión en el cómputo del tiempo correspondiente al fuero de maternidad, durante el periodo de suspensión de los efectos de los contratos de trabajo, cuando corresponda a los numerales 8 y 9 del artículo 199 del Código Trabajo, el tiempo restante del fuero, se reactivará tan pronto se reintegre la trabajadora.
Hasta el momento, se han reactivado 40 mil 68 trabajadores a nivel nacional, el 37% de los contratos reactivados corresponde a mujeres y el 67% a hombres.

RRPP Mitradel
21-08-2020.