CLASIFICIACIÓN 1: CONSIDERADOS MANO DE OBRA LOCAL
MIGRACION LABORAL
VI. PERMISO DE TRABAJO TIPO 1D:
Para trabajador (a) migrante en calidad de padre o madre de persona de nacionalidad panameña(o) en condición de dependencia.
REQUISITOS COMUNES
- Documento de Filiación obtenido tras llenar el Registro Nacional de Mano de Obra Migrante.
- Poder otorgado a un abogado(a) mediante el cual la persona migrante lo (la) autoriza a representarlo(a) en el trámite. Debe estar debidamente notariado.
- Solicitud del Permiso de Trabajo, presentado mediante un abogado(a), donde se especifique el tipo de permiso de trabajo y los fundamentos sociales/laborales de la solicitud.
- Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración (SNM), donde conste el estatus migratorio del solicitante. Este documento debe presentarse con los timbres fiscales de B/8.00.
- Copia legible de las generales del pasaporte, vigente, o validación línea del Registro Único de Extranjería (RUEX), u otro que disponga el SNM.
- Copia de carné de trámite, carné de residencia provisional o permanente, emitida por el SNM, o copia del carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral (TE) de Panamá, autenticado por dicha entidad, según corresponda.
Adicional deben presentar los siguientes requisitos:
1.Originales Certificado de nacimiento del hijo(a) de nacionalidad panameña(o) expedido por el Tribunal Electoral. Este documento debe presentarse con los timbres fiscales de B/3.00.
2.Prueba que el solicitante cumple con sus deberes de buen padre de familia, a través de alguna de las siguientes opciones:
a. Declaración jurada del otro progenitor, realizada ante Notario Público, donde conste que el solicitante ha cumplido con sus deberes como buen padre o madre de familia. En caso de que el hijo de nacionalidad panameña sea mayor de edad y menor de 25 años, este podrá realizar en su propio nombre la declaración jurada, en reemplazo de su otro progenitor.
Si la persona extranjera mantiene la guarda y crianza, tutela o guarda y crianza exclusiva, deberá presentar copia autenticada de la resolución que determina la medida, emitida por la autoridad que la estableció.
b. Si el trabajador migrante solicitante es el único progenitor inscrito como padre o madre del hijo(a) de nacionalidad panameña(o), bastará con la presentación del certificado de nacimiento, expedido por el TE, donde conste este hecho.
En caso de que el solicitante no cumpla con las condiciones descritas, deberá presentar pruebas que demuestren que cumple con las obligaciones legales correspondientes a un buen padre o madre de familia y certificación emitida por el Juez de Paz del área donde residen, que indique que la persona menor de edad vive con el solicitante.
Estos casos serán evaluados para su aprobación o negación por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral que evaluará a través de estudios, entrevistas o investigaciones sociales, realizadas por Trabajadores Sociales idóneos.
Para la prórroga el solicitante deberá presentar los requisitos comunes.
Costo del Carné: B/. 50.00
Renovación del Carné: B/. 30.00
Vigencia: primera vez 2 años, prórroga permitida hasta máximo tres con duración de 3 años
NOTA: Esta solicitud se realizará presencialmente en todas las oficinas regionales del Mitradel en todo el país, de acuerdo a la localización del lugar de residencia del Migrante (Solo se exceptúa la Dirección Regional Especial de Minera Panamá), hasta que el trámite esté disponible en Panamá Digital.