CLASIFICIACIÓN 5: PROTECCIÓN HUMANITARIA
MIGRACION LABORAL
II. PERMISO DE TRABAJO TIPO 5B:
Para trabajador(a) migrante reconocido como asilado político.
REQUISITOS COMUNES:
- Documento de Filiación obtenido tras llenar el Registro Nacional de Mano de Obra Migrante.
- Poder otorgado a un abogado(a) mediante el cual la persona migrante lo (la) autoriza a representarlo(a) en el trámite. Debe estar debidamente notariado.
- Solicitud del Permiso de Trabajo, presentado mediante un abogado(a), donde se especifique el tipo de permiso de trabajo y los fundamentos sociales/laborales de la solicitud.
- Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración (SNM), donde conste el estatus migratorio del solicitante. Este documento debe presentarse con los timbres fiscales de B/8.00.
- Copia legible de las generales del pasaporte, vigente, o validación línea del Registro Único de Extranjería (RUEX), u otro que disponga el SNM.
- Copia de carné de trámite, carné de residencia provisional o permanente, emitida por el SNM, o copia del carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral (TE) de Panamá, autenticado por dicha entidad, según corresponda.
Para la solicitud y prórroga se deberá aportar los requisitos comunes con excepción de los numerales 4 y 6, y acompañarlos de los siguientes requisitos específicos:
- Copia Autenticada de la Resolución por la cual el presidente de la República de Panamá otorgó la condición de Asilado Político al solicitante.
- Certificación emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores que haga constar que ha sido reconocido como Asilado Político.
- Movimiento migratorio del asilado político.
- Copia legible del carné de residente permanente emitido por el SNM.
- Copia autenticada del carné de residencia permanente emitido por el TE.
Costo del Carné: B/:50.00
Renovación del Carné: B/.30.00
Vigencia: primera vez 2 años, prórroga permitida hasta máximo tres con duración de 3 años.