CLASIFICIACIÓN 5: PROTECCIÓN HUMANITARIA
MIGRACION LABORAL
IV. PERMISO DE TRABAJO TIPO 5D:
Para trabajador(a) migrante reconocido por la Comisión Nacional contra la Trata de Personas como Víctima de Trata (Protección Humanitaria Temporal).
REQUISITOS COMUNES:
- Documento de Filiación obtenido tras llenar el Registro Nacional de Mano de Obra Migrante.
- Poder otorgado a un abogado(a) mediante el cual la persona migrante lo (la) autoriza a representarlo(a) en el trámite. Debe estar debidamente notariado.
- Solicitud del Permiso de Trabajo, presentado mediante un abogado(a), donde se especifique el tipo de permiso de trabajo y los fundamentos sociales/laborales de la solicitud.
- Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración (SNM), donde conste el estatus migratorio del solicitante. Este documento debe presentarse con los timbres fiscales de B/8.00.
- Copia legible de las generales del pasaporte, vigente, o validación línea del Registro Único de Extranjería (RUEX), u otro que disponga el SNM.
- Copia de carné de trámite, carné de residencia provisional o permanente, emitida por el SNM, o copia del carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral (TE) de Panamá, autenticado por dicha entidad, según corresponda.
Podrá solicitar un permiso de trabajo temporal y prórroga deberán aportar los requisitos comunes, con excepción del numeral 4, y acompañarlos de los siguientes requisitos específicos:
- Copia autenticada de la Resolución por la cual la Comisión Nacional contra la Trata de Personas, reconozca al extranjero como víctima de trata de personas.
- Certificación emitida por el Ministerio de Seguridad Pública que haga constar que la persona extranjera, ha sido declarada víctima de trata de personas en el territorio nacional, de forma provisional o definitiva.
Costo del Carné: B/.50.00
Renovación del Carné: B/.30.00
Vigencia: primera vez 1 año, prórroga permitida hasta mantenga la condición con duración de 1 año.