Requisitos y trámites necesarios
Permiso de Trabajo – Acuerdo Marrakech (Ley No. 23 de 15 de julio de 1997)
Requisitos
- Poder y solicitud mediante abogado, original y copia, notariado, firmado por la empresa y el trabajador solicitante.
- Contrato de trabajo a celebrar con el trabajador conforme lo indica el artículo 68 del decreto de Gabinete N° 252 del 30 de diciembre de 1971; (Original).
- Aviso de Operaciones de la empresa empleadora, excepto si se trata de personas naturales o jurídicas enumeradas en el artículo vigésimo
- Certificado expedido por la Dirección General de Registro Público, donde conste la persona jurídica de la sociedad (Original).
- Fotocopia legible de la planilla de La Caja de Seguro Social, del mes anterior a la fecha de presentación, con el original para ser cotejado, (con comprobante de pago).
- Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración y Naturalización donde conste el estatus migratorio del solicitante, (B/.8.00 de timbres).
- Fotocopia legible del carné de migración y naturalización o fotocopia legible de la cédula de identificación personal del solicitante si la portara, autenticada por la Dirección Nacional de Cedulación
- Fotocopia legible del pasaporte, en la parte donde consten los datos generales del solicitante, vigente.
- Cuatro (4) fotos tamaño carne con el nombre del solicitante escrito al dorso
- Si se trata de trabajador extranjero experto o técnico deberá acompañarse de los documentos descritos en el artículo séptimo.
- Solo se permite un extranjero en la planilla para este tipo de permiso.
Nota: Se otorga por el término de un (1) año prorrogable por el mismo término.