Panamá 19 de febrero de 2025. La Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Jackeline Muñoz de Cedeño, aclaró que la medida anunciada por el Sindicato Único Nacional de Trabajadores de la Industria y Similares (Suntracs) para este jueves 20 de febrero, no configura ninguno de los elementos procesales establecidos por la ley para ser considerada una huelga legal, por lo tanto, debe ser calificada como un paro de hecho.
La titular de Trabajo explicó que, según el Código de Trabajo, una huelga se sustenta en la suspensión colectiva y planificada de las labores, con el objetivo de exigir mejoras laborales o el cumplimiento de derechos y aseguró que por el momento no existe un conflicto laboral.
Reiteró que es una paralización de hecho, por lo que no se puede violentar los derechos de la población, toda vez que aseveró que los argumentos planteados por el Suntracs corresponden a la Asamblea Nacional y el Órgano Judicial.
“Creemos en las manifestaciones, creemos en la libertad de expresión, creemos en la libertad de la defensa de los derechos, sin violentar los derechos de terceros, es decir, sin cerrar calles, sin violar los derechos a libre tránsito a todos los panameños”, aseguró la ministra.
RRPP/Mitradel