El presidente de la República, Laurentino Cortizo Cohen, sancionó este lunes la Ley 157 del 3 de agosto de 2020, que establece medidas temporales de protección de empleo en las empresas afectadas por el Covid-19 y dicta otra disposición.
La Ley, cuyo texto original fue propuesto por el Consejo de Gabinete ante el pleno de la Asamblea Nacional de Diputados, por la ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), Doris Zapata Acevedo, es parte del compromiso de gobierno de impulsar el desarrollo nacional en medio de la crisis sanitaria. La nueva disposición establece medidas de protección para los trabajadores de empresas que permanezcan cerradas por motivos de las medidas preventivas de contagio del COVID-19.
Se establece en la norma la prohibición de la discriminación durante el proceso de retorno gradual de los trabajadores a sus puestos de trabajo, so pena de multas impuestas por el Mitradel, también se extiende la vigencia de la suspensión de contratos hasta el 31 de diciembre de 2020, aplicable solo a las empresas que hayan realizado suspensiones de contratos con base al Decreto Ejecutivo 81 del 20 de marzo de 2020 y manteniendo las relaciones laborales, continuidad y prima de antigüedad.
Sobre la protección de la maternidad, se adicionó un artículo al Código de Trabajo para especificar que las mujeres que gocen del fuero constitucional de su maternidad, no se contará como parte del fuero el tiempo de suspensión, ya que este estatus también representa una protección al trabajador, por lo que el fuero reiniciará una vez sea reactivado su contrato.
RR/PP Mitradel
03/agosto/2020