Page 3 - REACTIVACIÓN 2 DE SEPT
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El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, mediante  El MITRADEL apoya la digitalización, diseñando un



                 el DECRETO EJECUTIVO Nº 81 de 20 de marzo de  proceso electrónico viable, donde las empresas presentan



                 2020 (Que reglamenta el numeral 8 del artículo 199 del  solicitud de acogerse a la condición de suspensión,




                 Código de Trabajo, C.T.) indica lo siguiente:                                                                                                                                           enviando la misma al portal electrónico, a partir del 15




                 Art. Nº1- Para efectos de la aplicación del numeral 8 del                                                                                                                               de marzo de 2020, con prórrogas de la suspensión de




                 artículo 199 del C.T., se podrá considerar caso fortuito                                                                                                                                contratos.



                 o fuerza mayor, según sea el caso, la existencia de la



                 Pandemia del COVID-19 y la consecuente declaración                                                                                                                                      El presente estudio, se realiza a partir de los datos




                 de Estado de Emergencia Nacional (Res. Nº 11).                                                                                                                                          recabados  por  la  Dirección  de  Planificación  del




                                                                                                                                                                                                         MITRADEL, que corresponde con el registro de la





                 Las acciones desarrolladas por el Gobierno Nacional                                                                                                                                     suspensión de actividades tanto de empresas, como



                 buscan poder preservar los trabajos de miles de                                                                                                                                         de sus trabajadores, para preservar el empleo de los




                 panameños durante este periodo de cuarentena, con                                                                                                                                       trabajadores panameños y a la vez sean admisibles a



                 un  mecanismo  que  permita  recibir  las  solicitudes  de                                                                                                                              recibir el bono solidario, que el Gobierno Nacional ha




                 las empresas que se acogen a la suspensión de sus                                                                                                                                       estimado, para los trabajadores suspendidos durante la



                 actividades económicas parcialmente, por la cuarentena.                                                                                                                                 cuarentena, que ya sobrepasa los 5 meses.
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