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3. EL SERVICIO PÚBLICO El artículo 23, de la misma excerta
legal, establece que:
DE EMPLEO EN PANAMÁ.
“El servicio público de empleo
3.1 ANTECEDENTES. tendrá las siguientes atribuciones:
El servicio público de empleo en
Panamá tiene como antecedente el 1. Llevar un registro de las
Convenio No. 88 de la Organización personas que se encuentren
Internacional de Trabajo (OIT), desocupadas y soliciten empleo, y
relativo a la organización del servicio de los empleadores que manifiesten
público de empleo, el cual fue tener vacantes.
ratificado por la República de 2. Proveer empleo a los
Panamá mediante el Decreto de peticionarios inscritos en sus
Gabinete 179 del 14 de mayo de registros, en atención a su
1970. preparación, capacidad, aptitudes y
condiciones de necesidad, de
Posteriormente mediante el Decreto acuerdo con las plazas existentes y
de Gabinete No. 252 del 30 de fuentes de trabajo que se produzcan
diciembre de 1971, por el cual se en sus respectivas áreas de
aprueba el Código de Trabajo, se población.
establecen en su Capítulo II, las
normas para la implementación del 3. Practicar investigaciones para
servicio de colocación de los determinar las causas del
trabajadores y servicio de empleo. desempleo y formular informes que
contengan las bases para una
política de pleno empleo; y
El artículo 21 del código de trabajo 4. Solicitar toda clase de informes
estable que: y estudios de las instituciones
oficiales, y de las particulares que se
“El Estado tiene el deber de ocupen de problemas económicos,
desarrollar una política nacional de tales como los institutos de
empleo, interviniendo en la investigaciones sociales y
colocación de toda persona que económicas, las organizaciones
desee emplearse, procurando la sindicales, las cámaras de comercio,
conservación de los empleos y las de industrias y otras instituciones
creando las fuentes de ocupación semejantes …”
que fueren requeridas.
Por su parte el artículo 24, del
El servicio de empleo como mencionado código, indica que:
dependencia del Ministerio de “El servicio de empleo dedicará
Trabajo y Bienestar Social tendrá especial atención al trabajador
como atribución, conjuntamente con parcialmente incapacitado y a los
otras entidades creadas para este fin menores buscándoles adecuada
por el Estado o los Municipios, la ocupación.
colocación de todos los trabajadores
que deseen emplearse”.
Para atender los pedidos de los
empleadores, los desocupados
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