Page 36 - Revista No 5 sobre Discapacidad
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VISIÓN LABORAL   Revista No.5 Volumen 4                 Observatorio del Mercado Laboral
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                  El Artículo 47 de la Ley  42  de 1999, sobre la Equiparación de
                  Oportunidades para personas con discapacidad dispone que el Estado, a

                  través de las instituciones competentes, supervisará que los programas
                  de capacitación, dirigidos a personal con discapacidad, se formulen y
                  lleven a cabo de acuerdo con sus necesidades y habilidades, cumplan los
                  requerimientos  y posibilidades del mercado laboral  y logren sus
                  objetivos.

                  El Departamento  de Integración  socioeconómica de  personas con
                  discapacidad del Ministerio de Trabajo y  Desarrollo Laboral

                  (MITRADEL) y el  Instituto  Nacional  de  Formación Profesional y
                  Capacitación para el Desarrollo Humano (INADEH) organizan acciones
                  de  capacitación  dirigidas  a  personas  con  discapacidad  en  diferentes
                  especialidades, como informática y hostelería.

                            7.2.5 Apoyo para el autoempleo y la creación de empresas
                  por parte de personas con discapacidad

                  La Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS) desarrolla el

                  Proyecto de Inclusión Socioeconómica de las Personas con Discapacidad
                  y sus Familias “Fami-Empresas”, dirigido a familias integradas  por
                  alguna persona con discapacidad, con niveles de pobreza y pobreza
                  extrema, para que se inicien sus pequeñas empresas.

                  Sobre este Proyecto, que se ejecuta con apoyo del MITRADEL también
                  nos hemos referido en la Sección 6.1

                            7.2.6 Empleo protegido


                  El Artículo 46 de la Ley 42  de 1999, sobre la Equiparación de
                  Oportunidades para personas con discapacidad encomienda al Estado
                  que propicie la creación de talleres protegidos y empleos especiales o
                  reservados, y que regule y garantice el derecho a las prestaciones sociales
                  a aquellas personas que, en razón de su discapacidad, no puedan
                  ingresar al mercado laboral. También le encomienda fomentar,

                  mediante incentivos fiscales, a las empresas que suministren trabajos a
                  los talleres protegidos.

                  En conjunto con el IPHE, el MITRADEL apoya la gestión de una red de
                  talleres protegidos, denominados “Talleres de Producción y Adaptación
                  laboral” con la finalidad de garantizar a personas con discapacidad


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