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la Seguridad y Salud en el Trabajo, particularmente durante
estos 100 años en los retos y desafíos que enfrentan los
países sobre la relación a este tema a futuro, a propósito de
la nueva Organización del Trabajo, las nuevas modalidades
contractuales, los retos de las tecnologías, los retos del
cambio climático, la organización de los servicios laborales
propiamente, fundamentalmente la protección de la vida y
salud de las personas.
Efectivamente hay una pérdida cuantiosa de vidas y
particularmente también de accidentes de trabajo, que
se presentan y que son prevenibles, que puede ser objeto
de una prevención a través de una cultura de seguridad.
Ya en el curso de los años anteriores, pasada la Segunda
Guerra Mundial, la Conferencia del Trabajo y la Declaración
de Filadelfia, hacen mención particular de los temas, de
protección adecuada de la vida y la salud de los trabajadores
en todas las ocupaciones. Desde 1944, en una declaración
expresa, que es ratificada el año pasado, en la Conferencia
Internacional del Centenario en la Declaración adoptada
por los países en la Organización Internacional del Trabajo,
a propósito de exhortar a los países, para que reconociendo
el alcance de la informalidad y la necesidad de emprender
acciones efectivas para lograr la transición a la formalidad
pueda dentro de un marco de programa de trabajo decente
destacarse 4 áreas técnicas y 4 derechos.
El respeto de los derechos fundamentales, un salario mínimo
adecuado establecido por ley o negociado, límites máximos
al tiempo de trabajo, la seguridad y salud en el Trabajo que
forma parte ahora de esta declaración en la que se coloca
como un tema prioritario para los países. Prácticamente
como un derecho fundamental requerido para su aplicación
práctica en los países y en nuestra Organización del Trabajo;
ciertamente la seguridad y salud en el trabajo la protección
de la vida y la salud de los trabajadores, forma parte de la
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