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Profesionales, Seguridad e Higiene en el Trabajo. Esta
resolución establece que toda empresa en Panamá, está
obligada a elaborar o implementar el Plan de Prevención y
Gestión de Riesgos Laborales. Hago énfasis en el capítulo 4,
que habla sobre lo que es el Sistema de Salud, Seguridad e
Higiene y el capítulo 5, que establece los Comités de Salud,
Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Poseemos una herramienta, pero en este momento no se
utiliza. Entonces esto nos preocupa, existen normativas,
reglamentaciones, leyes, el garante de hacer cumplir, las
mismas, es la Caja de Seguro Social. Necesitamos sentarnos
a revisar, si estas normas son viables, para que funcionen.
Necesitamos empezar a ejecutarlas, porque en la medida
de que tengamos un Comité de Seguridad y Salud en el
Trabajo, en los puestos laborables, tanto empleador como
el empleado, podemos analizar, ver, gestionar, de qué forma
minimizamos los accidentes, de qué forma atendemos las
necesidades en materia de salud y seguridad en el trabajo.
Requerimos que a esto se le preste la atención debida, esta
resolución se dio, pero no ha logrado funcionar, no ha logrado
tener el efecto para la cual fue creada. Pedimos ver de qué
forma se puede evaluar, si es funcional o no, los sistemas
de gestión en salud y coercitivos en el momento en que el
trabajador se accidenta. Es muy lesivo para el trabajador,
después que se accidenta, tener que hacer todo el trámite
de subir, bajar o de buscar una persona que atienda su
necesidad, en el momento en que tiene un incidente laboral.
Entonces necesitamos que esto se revise.
OTROS CONVENIOS
Queremos solicitarle al Gobierno Nacional, la ratificación del
Convenio 102, sobre Seguridad Social, porque en esa medida,
cuando el trabajador, se accidenta, podemos garantizar una
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