Page 43 - REVISTA VISIÓN LABORAL No. 6 OML
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i. Integrantes del Consejo Consultivo: al ser una instancia de
                                             diálogo con los usuarios, lo conforman representantes de:
                                                 Dos representantes de instituciones de la sociedad
                                                   civil  (1  investigador  y  1  representante  de  los
                                                   periodistas)
                                                 Dos     representantes      de    organizaciones      de
                                                   trabajadores,(1  represente  de  CONATO  y  otro  de
                                                   CONUSI)
                                                 Dos  representantes  de  los  empleadores  (1
                                                   representante  de  CONEP  y  otro  de  la  Cámara  de
                                                   Comercio)
                                                 Dos  representantes  de  la  academia  –  ONG  (1
                                                   representante de la Universidad de Panamá y otro
                                                   de una ONG vinculada con el mercado de trabajo)
                                                 Dos  representantes  de  organismos  internacionales
                                                   (1 representante de OIT y otro del PNUD).
                                  ii. Quién  y  cómo  se  constituye  Consejo  Consultivo:  El  Comité
                                        Administrativo del SIMEL – Panamá propone y justifica ante el
                                        Comité Directivo del SIMEL – Panamá la conveniencia de su
                                        constitución y luego de su aprobación la presidencia del Comité
                                        Directivo envía nota oficial a la persona que, en el momento,
                                        ostente la representación de la instancia invitada, solicitando la
                                        designación de un representante.
                                  iii.  Quién  y  cuándo  se  convoca  al  Consejo  Consultivo:  El
                                        Comité Administrativo en coordinación con el Comité Técnico
                                        convoca al Consejo Consultivo por lo menos dos veces al año
                                        (una  vez  por  semestre).    El  Comité  Administrativo  al  ser
                                        secretaría  técnica  del  Consejo  Consultivo  debe  orientar  la
                                        agenda de la reunión al tratamiento de tópicos dirigidos, entre
                                        otros aspectos a:
                                                     Obtener  retroalimentación  de  los  usuarios  en
                                                      torno a los    indicadores del sistema colgados en
                                                      la plataforma y acceso a la misma.
                                                     Promoción  del  diálogo  y  socialización  de
                                                      aspectos  conceptuales  de  los  indicadores  que
                                                      facilite a los usuarios la comprensión y análisis de
                                                      los mismos.
                                                     Identificar    demandas        o     requerimientos
                                                      estadísticos  de  los  usuarios  y  analizar  la
                                                      pertinencia y disponibilidad de las mismas





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