Page 21 - Revista No 5 sobre Discapacidad
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VISIÓN LABORAL Revista No.5 Volumen 4 Observatorio del Mercado Laboral
ISSN 2953-2949
esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el
entorno económico y social”.
Como se puede apreciar, la definición del concepto de discapacidad
también ha evolucionado en Panamá. Dado que en 1999 se recoge el
concepto médico histórico, mientras que en el año 2016, ese concepto es
modificado acercándose a la definición con perspectiva biopsicosocial
establecida por la OMS en 1997.
5.2 Equiparación de oportunidades para las personas con
discapacidad.
El Artículo 2 de la Ley 42 de 1999, establece lo siguiente:
- Crear las condiciones que permitan, a las personas con
discapacidad, el acceso y la plena integración a la sociedad.
- Garantizar que todas las personas con discapacidad, al igual
que a todos los ciudadanos, gocen de los derechos que la
constitución política y las leyes les confieren.
- Servir de instrumento para que todas las personas con
discapacidad alcancen su máximo desarrollo, su plena
participación social y el ejercicio de todos los deberes y
derechos consagrados en nuestro ordenamiento jurídico.
- Establecer las bases materiales y jurídicas que permitan al
Estado adoptar las medidas necesarias para la equiparación
de oportunidades de las personas con discapacidad,
garantizándoles educación, salud, trabajo, vivienda,
recreación, deporte y cultura, así como vida familiar y
comunitaria.
5.3 Cómo se mide la población con discapacidad en Panamá
Con relación a la medición de la cantidad de personas con discapacidad,
la fuente principal, en Panamá, es el Instituto Nacional de Estadística y
Censo (INEC), de la Contraloría General de la Republica, mediante el
censo nacional de población y vivienda.
Según el informe de la CEPAL, sobre los resultados de la XIII Reunión
del Comité Ejecutivo de Estadísticas de las Américas, antes citado, en su
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