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ANEXO 5.5
Año CXXI Panamá, R. de Panamá lunes 10 de octubre de 2022 N° 29640-A
mesas sectoriales de cualificaciones, dentro 3. El Ministro o Viceministro de Desarrollo
de los siguientes seis meses a la expedición Social.
del presente decreto.
4. El Director General del Instituto Nacional de
Capítulo III Formación Profesional y Capacitación para el
Desarrollo Humano.
Institucionalidad y gobernanza del Marco
Nacional de Cualificaciones 5. El Director Nacional de Empleo del
Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. 6.
Artículo 19. Transitoriedad de la instancia de
Un representante del Sector de los
gobernanza. La instancia de gobernanza
Trabajadores proveniente del Consejo
transitoria de la que trata este capítulo tendrá
Nacional de Trabajadores Organizados.
a su cargo la implementación y seguimiento
del MNC hasta que se instaure una instancia 7. Un representante de la Asociación Nacional
definitiva, para lo que se define un plazo de de Recursos Humanos de Panamá.
tres años a partir de la expedición del
Artículo 21. Funciones de la Comisión del
presente decreto.
Marco Nacional de Cualificaciones. Son
La instancia transitoria que tendrá la rectoría funciones de la Comisión de las siguientes:
del MNC en su implementación y seguimiento
1. Adoptar el reglamento de funcionamiento
será el Ministerio de Trabajo y Desarrollo
de la Comisión misma y del Comité Técnico de
Laboral, que contará con la Comisión del
Implementación.
Marco Nacional de Cualificaciones, una
Secretaría Técnica que será ejercida por el 2. Definir un plan estratégico de
Observatorio del Mercado Laboral del implementación del MNC.
Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, y
3. Verificar y adoptar los procesos y
un Comité Técnico de Implementación, como
procedimientos del MNC.
se define en los artículos a continuación.
Artículo 20. Comisión del Marco Nacional de 4. Dar seguimiento a la implementación del
MNC en sus distintos procesos.
Cualificaciones. Se crea la Comisión del
Marco Nacional de Cualificaciones, adscrita al 5. Priorizar los sectores en los que se avanzará
Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, y el poblamiento del MNC para la definición de
conformada por representantes de las cualificaciones, en conjunto con los
siguientes instituciones, organizaciones e representantes del sector productivo.
interlocutores sociales, a saber:
6. Definir un plan anual de poblamiento
1. El Ministro o Viceministro de Trabajo y sectorial.
Desarrollo Laboral, quien la presidirá.
7. Dar seguimiento al avance en su proceso de
2. El Ministro o Viceministro de Educación. poblamiento en los sectores priorizados. 8.
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