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ANEXO 5.5








                  Año CXXI              Panamá, R. de Panamá lunes 10 de octubre de 2022         N° 29640-A


                  mesas  sectoriales  de  cualificaciones,  dentro   3.  El  Ministro  o  Viceministro  de  Desarrollo
                  de los siguientes seis meses a la expedición    Social.
                  del presente decreto.
                                                                  4. El Director General del Instituto Nacional de
                                  Capítulo III                    Formación Profesional y Capacitación para el
                                                                  Desarrollo Humano.
                  Institucionalidad  y  gobernanza  del  Marco
                  Nacional de Cualificaciones                     5.  El  Director  Nacional  de  Empleo  del
                                                                  Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. 6.
                  Artículo 19. Transitoriedad de la instancia de
                                                                  Un  representante  del  Sector  de  los
                  gobernanza.  La  instancia  de  gobernanza
                                                                  Trabajadores   proveniente   del   Consejo
                  transitoria de la que trata este capítulo tendrá
                                                                  Nacional de Trabajadores Organizados.
                  a su cargo la implementación y seguimiento
                  del MNC hasta que se instaure una instancia     7. Un representante de la Asociación Nacional
                  definitiva, para lo que se define un plazo de   de Recursos Humanos de Panamá.
                  tres  años  a  partir  de  la  expedición  del
                                                                  Artículo  21.  Funciones  de  la  Comisión  del
                  presente decreto.
                                                                  Marco  Nacional  de  Cualificaciones.  Son
                  La instancia transitoria que tendrá la rectoría   funciones de la Comisión de las siguientes:
                  del MNC en su implementación y seguimiento
                                                                  1. Adoptar el reglamento de funcionamiento
                  será  el  Ministerio  de  Trabajo  y  Desarrollo
                                                                  de la Comisión misma y del Comité Técnico de
                  Laboral,  que  contará  con  la  Comisión  del
                                                                  Implementación.
                  Marco  Nacional  de  Cualificaciones,  una
                  Secretaría  Técnica  que  será  ejercida  por  el   2.   Definir   un   plan   estratégico   de
                  Observatorio  del  Mercado  Laboral  del        implementación del MNC.
                  Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, y
                                                                  3.  Verificar  y  adoptar  los  procesos  y
                  un Comité Técnico de Implementación, como
                                                                  procedimientos del MNC.
                  se define en los artículos a continuación.

                  Artículo 20. Comisión del Marco Nacional de     4. Dar seguimiento a la implementación del
                                                                  MNC en sus distintos procesos.
                  Cualificaciones.  Se  crea  la  Comisión  del
                  Marco Nacional de Cualificaciones, adscrita al   5. Priorizar los sectores en los que se avanzará
                  Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, y   el poblamiento del MNC para la definición de
                  conformada  por  representantes  de  las        cualificaciones,   en   conjunto   con   los
                  siguientes  instituciones,  organizaciones  e   representantes del sector productivo.
                  interlocutores sociales, a saber:
                                                                  6.  Definir  un  plan  anual  de  poblamiento
                  1.  El  Ministro  o  Viceministro  de  Trabajo  y   sectorial.
                  Desarrollo Laboral, quien la presidirá.
                                                                  7. Dar seguimiento al avance en su proceso de
                  2. El Ministro o Viceministro de Educación.     poblamiento  en  los  sectores  priorizados.  8.


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