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Seguridad Social.  35



                            VIII.  EXPERIENCIAS REGIONALES


                 Los procesos de integración han generado tendencias al impulso
            al diálogo social, sin bien con resultados relativamente discretos.

                 La Oficina Internacional del Trabajo destaca los casos del Foro
            Consultivo Económico y Social del MERCOSUR y el de la Comunidad
            Andina.  36
                 En cuanto al primero, señala que en la Declaración Socio Laboral

            del MERCOSUR se hace un compromiso para fomentar el diálogo
            social en los ámbitos nacional y regional, “instituyendo mecanismos
            efectivos  de  consulta  permanente  entre  representantes  de  los
            gobiernos,  de  los  empleadores  y  de  los  trabajadores,  a  fin  de

            garantizar,  mediante  el  consenso  social,  condiciones  favorables
            al  crecimiento  económico  sostenible  y  con  justicia  social  de  la
            región y la mejora de las condiciones de vida de sus pueblos”.  A
            esta Declaración, se agrega la creación, prevista en el Protocolo de

            Ouro Preto de 1994, del Foro Consultivo Económico y Social (FCES),
            como órgano de representación de intereses económicos y sociales,
            aunque con funciones solo de carácter consultivo y con la facultad
            de formular recomendaciones.
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                 En cuanto al diálogo social en la Comunidad Andina de Naciones,
            hay una suerte de segmentación del diálogo social, que se desarrolla
            en varias instancias.  Una entre las organizaciones sindicales al interior
            del Consejo Consultivo Laboral Andino y entre éste los directivos de

            la Comunidad. Otra entre las organizaciones empresariales al interior
            del Consejo Consultivo Empresarial Andino y entre los directivos de
            la Comunidad.  Una tercera tiene lugar entre los Ministros de Trabajo
            de la región andina al interior del Consejo asesor de Ministros de

            Trabajo y entre éste y los directivos de la Comunidad.
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                             IX.  LA EXPERIENCIA PANAMEÑA
            35  FUENTE: OIT.
            36  Oficina Internacional del Trabajo, op. cit., páginas 68 y 69.
            37  IBÍDEM, páginas 68 y 69.
            38  IBÍDEM, p. 69


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