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darse  y  ha  existido  en  situaciones  de  normalidad  económica,  en
            especial  si  forma  parte  del  sistema  de  relaciones  laborales  o  de

            relaciones entre diversos sectores de la sociedad.
                  CÓRDOVA    cita como antecedente de concertación, bastante
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            antiguo,  el  acuerdo  básico  alcanzado  en  1899  en  Dinamarca  y
            diferentes acuerdos en los países escandinavos.  Indica que a partir

            de 1938 cobra impulso la concertación, mientras que en los años
            setenta se incorporan temas distintos a los laborales (económicos).
                 Debe destacarse que, aunque las experiencias de concertación
            social,  tal  como  resalta  HERNÁNDEZ  ÁLVAREZ   ,  han  alcanzado  a
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            países  como  los  nórdicos,  Bélgica,  Austria,  Japón,  Reino  Unido  y
            Alemania, son las experiencias española e italiana, las que mayor
            influencia han ejercido, como modelo, en América Latina.
                      Luego  de  los  Pactos  de  la  Moncloa,  de  concertación  política

            en 1977, se suceden en España pactos sucesivos conocidos como
            Acuerdos Económicos y Sociales (AES).  En Italia, se identifica como
            un hito el Acuerdo Scotti de 1983.
                 En los años 70 y 80 se dieron diversas experiencias de concertación

            en Argentina, Brasil, Colombia, República Dominicana, México, Perú,
            Uruguay y Venezuela.
                 En los años 90 hubo experiencias, por mencionar algunas, en
            Chile,  El  Salvador,  Venezuela,  República  Dominicana,  Argentina,

            México, Colombia, Honduras, Perú, Uruguay y Panamá.
                 En la presente década, ya en el siglo XXI, han sido frecuentes y de
            importancia las experiencias de concertación social, que en varios
            países tienden a representar una tendencia destacable.

                 CÓRDOVA visualiza en la concertación una consecuencia de la
            participación.    Para  el  mismo  autor,  las  interacciones  entre  los
            actores sociales pueden y deben servir también a la sociedad.
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                 Es obvio que el desarrollo e institucionalización del diálogo social,

            puede favorecer sin duda el desarrollo de la concertación social, que
            supone la adopción de acuerdos entre los sectores sociales o entre
            ellos y el gobierno.
                    Sin  embargo,  tanto  el  diálogo  como  la  concertación  social,

            7  CÓRDOVA, op. cit.,  pp. 5 y 6.
            8  HERNÁNDEZ ÁLVAREZ, op. cit., p. 16.
            9  CÓRDOVA, op. cit.,  pp. 11-13.


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