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la búsqueda de consensos que permitan reducir las tensiones del
            sistema y afiancen la democracia.

            III.             CONCEPTO DE CONCERTACIÓN SOCIAL


                 Para Oscar HERNÁNDEZ ÁLVAREZ, la concertación social es “una
            práctica de política social y económica, que ha sido adoptada en

            diversos  países  para  afrontar  problemas  nacionales,  los  cuales,
            en  las  distintas  sociedades  son  de  la  más  diversa  índole,  desde
            las  dificultades  derivadas  de  una  crisis  o  depresión  económica,
            hasta la forma de enfrentar las consecuencias de una situación de

            bonanza”.  Agrega el mismo autor que la concertación supone, en
            lo fundamental, “un compromiso de los actores sociales, los cuales,
            sin  renunciar  a  la  defensa  de  sus  específicos  y  contradictorios
            intereses,  se  obligan  a  adoptar  un  comportamiento  mantenido

            dentro  de  márgenes  que  hagan  posible  la  realización  de  ciertas
            políticas adoptadas consensualmente para lograr respuestas a los
            requerimientos de la situación económica y social”.  11
                 Humberto VILLASMIL recoge el siguiente concepto de Antonio

            MARTÍN VALVERDE: “práctica de acuerdos (formal o informalmente)
            tripartitos sobre determinadas decisiones estratégicas en el campo
            de la política social y en el campo de las relaciones laborales” . 12
                 Deben destacarse varias cosas.  Por un lado, la concertación supone

            la búsqueda de acuerdos, si se mira desde el punto de vista de un
            ejercicio que tiene el mencionado objetivo; o bien, la concertación
            es el resultado mismo, esto es, el acuerdo.  En otros términos, cabe
            preguntarse  si se  puede hablar  de un ejercicio  de concertación

            antes de alcanzar el resultado (por ejemplo: referirse a una “mesa
            o reunión de concertación”); o si sólo es posible hacerlo cuando ya
            se tiene el acuerdo.  En el fondo, a nuestro juicio, puede usarse la
            expresión en ambos sentidos, aunque más apropiadamente cuando

            se tiene el acuerdo como resultado.
                 Por otro lado, la concertación social puede comprender a los
            interlocutores  de  las  relaciones  laborales,  o  sea,  trabajadores,
            empleadores y el gobierno.  En este sentido, la concertación puede


            11 HERNÁNDEZ ÁLVAREZ, op. cit., p. 15.
            12 MARTÍN VALVERDE, Antonio, cit. por VILLASMIL PRIETO, op. cit., p. 3.


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