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la Ley 8 del 81. En Panamá la flexibilización empieza con la Ley
1 del 86, sin embargo, es la Ley 44 del 95 la que hace un mayor
elemento de flexibilidad y el mismo tiene un impacto muy directo
no solamente en el trabajo, sino en su propio derecho.
Puedes moverme de un lugar a otro, ¿Qué manera de aceptación
tú me puedes dar?, ¿Qué estamos flexibilizando? la prestación bajo
ciertas condiciones, pero también estamos flexibilizando el despido,
la contratación, es decir, la flexibilización, irrumpe por todas las vías
en el derecho del trabajo, es una constante esto se da por todas
partes del mundo, ¿Por qué? porque la economía va exigiendo
este elemento mencionado con anterioridad ¿Por qué? porque las
empresas dicen: yo necesito competir con economías emergentes,
cuyos marcos legales son casi inexistentes y si tú no me das a mí
la flexibilidad de poder manejar, de poder despedir, contratar,
hacer nuevos horarios, hacer horas extraordinarias, distintas etc.,
yo no voy a poder competir en un mundo que cada vez está más
conectado, está más globalizado. Entonces le dicen a los políticos
y a los gobiernos: buenos si queremos que nuestras empresas
compitan, tenemos que flexibilizar.
Entonces, entra toda una onda flexibilizadora en todo el mundo.
Todos sabemos aquí que para bien o para mal, la flexibilidad
entró en Panamá. Cuando a los trabajadores se les pregunta si
están de acuerdo con dicho elemento dicen que no, es lógico
porque la flexibilidad, fue entendida solamente para desmejorar
mayoritariamente condiciones de trabajo y no se entendió como lo
que se planteaba originalmente.
La flexibilidad era una forma de adecuar a la realidad, es decir, de
trabajar y poder moverla, no en una sola vía o sea rebajar condiciones
de trabajo; creo que ese fue un elemento que dio paso a que hubiese
un rechazo generalizado del mismo.
Cuando hablas de flexibilidad, significa que le estás quitando
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