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Así por ejemplo, al promediar los salarios bajos, con los medios y los
            altos, el resultado será de muy elevado pero en realidad más del 68%

            de los salarios se ubican en el rango del salario mínimo (B/600.00) y
            menos, de donde es concluyente la distorsión descrita.


            Los salarios aumentan de acuerdo a las iniciativas de los jefes de las

            instituciones que sufriendo vergüenzas ajenas deciden hacer ajustes
            a  sus  subalternos  ocasionalmente.  Los  ajustes  salariales  también
            son otorgados en una medida importante, en base al clientelismos
            político-partidista.



            No existe una ley general de sueldos ni ninguna norma que establezca
            parámetros  objetivos  para  los  ajustes  salariales,  aunque  están
            vigentes algunos escalafones aplicables a determinados grupos de

            profesionales como enfermeras, médicos, trabajadores de la salud,
            farmacéuticos,  etc,  que  no  se  reflejan  ni  en  la  mayoría  ni  en  los
            tramos de ingresos más bajos de los trabajadores estatales.



            No  existe  una  política  de  indexación  salarial  para  combatir  la
            inflación, lo que trae como resultado que los trabajadores estatales
            panameños deban enfrentar el aumento en los productos y servicios
            básicos  con  los  mismos  salarios  existentes  antes  de  producirse

            dichos aumentos. Existen trabajadores del Estado panameño que
            no  reciben  aumentos  desde  hace  20,  25    y  hasta  treinta  años,
            manteniéndose con ingresos apenas superiores al mínimo legal.



            No existe tampoco una norma, ni una política de revisión del salario
            mínimo ya que las normas vigentes en esta materia son aplicadas casi
            exclusivamente a los trabajadores del sector privado. En tal sentido,
            se  ha  dictado  el  Decreto  14  de  2006,  que  equipara  los  salarios

            mínimos vigentes en el sector privado, a los servidores públicos pero
            no se compromete a mantener esta actitud de manera permanente,
            por lo que se vislumbra que los siguientes ajustes al salario mínimo
            pueden o no incluir a los servidores públicos.



            Como no existen convenciones colectivas (o no se practican) en el



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