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8. De Carácter Gremial.
Desde 1946 existen gremios en el sector público y aunque a
ninguno de ellos se les reconoce la categoría de sindicatos, algunos
vienen actuando como tales y obteniendo resultados más o menos
favorables en su gestión, debido más que nada a su capacidad de
convocatoria.
Es el caso por ejemplo de los gremios médicos y magisteriales,
quienes han logrado, en un universo prohibitivo de los derechos de
los servidores públicos, mejoras de carácter laboral, principalmente
en el aspecto salarial. Han convocado a sendas huelgas que han sido
apoyadas ampliamente por sus miembros, al total margen de la
legislación nacional y de la conducta típica de las autoridades frente
a las reivindicaciones de los trabajadores estatales.
Esto ha traído como consecuencia, que se produzcan nuevas
discriminaciones, esta vez entre los agremiados a un organismo
fuerte y los agremiados a otros organismos o gremios más débiles
en cuanto a la capacidad de convocatoria o incluso los que no están
organizados pues las autoridades negocian, acuerdan y cumplen los
acuerdos llegados con aquellos, mientras que a estos ni siquiera los
toman en cuenta para nada, ejerciendo su autoridad administrativa
sin consideración alguna, salvo raras excepciones.
De allí que los salarios y las condiciones laborales de los médicos,
odontólogos y afines así como las de los maestros y profesores de
enseñanza media, sean superiores al resto de las que poseen los
demás trabajadores del Estado panameño.
La Federación de Asociaciones de Servidores Públicos está
conformada por 16 organizaciones presentes en igual cantidad
de instituciones sin embargo, su capacidad de convocatoria ha
mermado a partir de 1990 cuando casi fue desaparecida debido a la
intimidación y persecución institucional. Todas estas organizaciones
juntas tienen una mayor membresía que los gremios médicos y
magisteriales , que sin embargo poseen una mayor capacidad de
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