Page 103 - Libro La Salud de los Trabajadores en Panamá
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La salud de los trabajadores en Panamá: una deuda histórica por saldar









        período probatorio, en el cual unilateralmente se  mínimo  y  máximo  (media  hora  a  dos  horas)  del
        puede dar por terminada la relación laboral, que  período de descanso durante la jornada laboral,
        originalmente el Código limitaba a dos semanas  autoriza  también  a  empleado  y  empleador  a
        hasta  los  tres  meses,  para  toda  actividad  que  pactarlo  libremente  para  casos  de  jornadas
        “exija cierta habilidad o destreza especial”, sin fijar  nocturnas o mixtas “de manera que no se interrumpa
        exactamente  los  parámetros  de  esta  normativa.  la producción”.
        Así  mismo,  el  artículo  212  amplió  el  número  de
        los  trabajadores  que  pueden  ser  despedidos  El artículo 159 autoriza la reducción de la jornada
        libremente  a  cambio  de  una  indemnización,  laboral “por razones de crisis económica grave de
        sin  derecho  a  “salarios  caídos”  en  caso  de  carácter nacional, caso fortuito o fuerza mayor,
        apelación ante el Tribunal de Trabajo, incluyendo  debidamente comprobados por las autoridades
        trabajadores con menos de dos años de labor  administrativas  de  trabajo…”.  Por  supuesto,  la
        y  trabajadores  permanentes  de  pequeñas  reducción de la jornada de trabajo conlleva la
        empresas agrícolas, pecuarias, agroindustriales o  reducción salarial consiguiente.
        manufactureras.
                                                                 La  modificación  al  artículo  197  A  del  Código
        El  artículo  218  amplía  la  reforma  de  1986  en  Laboral  señala:  “No  se  considerarán  como
        el  sentido  de  que  el  empleado  que  apelando  alteración unilateral, las órdenes impartidas por el
        al  Tribunal  de  Trabajo,  demuestre  que  ha  sido  empleador en la ejecución del contrato de trabajo
        víctima de despido injustificado, podrá exigir la  que impliquen movilidad funcional u horizontal del
        indemnización  correspondiente,  pero  el  patrono  trabajador,  siempre  que  sean  compatibles  con
        no estará obligado a reintegrarlo en el cargo. Con  su  posición,  jerarquía,  aptitudes,  preparación  y
        lo cual se establece un régimen de libre despido  destrezas”… siempre que “no conlleve disminución
        generalizado, agravado por una reducción del  de la remuneración o salario”,  “por necesidad de
        50 al 25% en el monto de la indemnización y por  la organización de la empresa, del trabajo o de la
        la  eliminación  del  principio  jurídico  de  que  el  producción, por variaciones en el mercado o por
        empleador no podía en ningún caso despedir en  innovaciones tecnológicas”. Como se aprecia esto
        un año a más del 10% de la planilla permanente.          permite a los empleadores alterar las condiciones
                                                                 de trabajo pactadas de modo unilateral.
        La reforma al artículo 229 del Código de Trabajo
        suplanta la anterior prima de antigüedad, cuyo  Respecto  a  la  libertad  sindical,  la  reforma  del
        pago  era  obligatorio  para  trabajadores  con  95  sumada  a  criterios  jurídicos  vigentes  con
        diez  años  de  labor  continua  en  la  empresa,  y  anterioridad,  afecta  la  autonomía  colectiva  de
        la  suplanta  por  un  Fondo  de  Cesantía,  el  cual  que  deben  gozar  las  organizaciones  sindicales
        sólo funciona para empleados permanentes que,  de  acuerdo  a  los  Convenios  87  y  98  de  la
        dados  los  efectos  del  conjunto  de  la  reforma,  Organización Internacional del Trabajo (OIT). Al
        cada vez son los menos. “Para algunos laboralistas,  respecto, el Código de Trabajo ya contenía una
        la  norma  pretende  convertir  la  cesantía  en  un  gama de regulaciones por las cuales el Estado
        derecho  adquirido  para  los(as)  trabajadores  fiscaliza el funcionamiento de los sindicatos, parte
        (as) panameños (as), sin embargo también es un  de  las  cuales  hemos  citado  anteriormente,  pero
        mecanismo  que  pueden  utilizar  los  empleadores  la  Ley  44  agregó  otras,  a  saber:  artículo  376,
        para  garantizarse  la  flexibilidad  en  el  despido  que  autoriza  al  Ministerio  de  Trabajo  a  revisar
        injustificado” (Abdallah, 2000).                         los libros de actas, contabilidad y asociados de
                                                                 los sindicatos a pedido del 20% de los afiliados;
        El artículo 39 de esta reforma, si bien fija los límites  el  artículo  377,  obliga  a  depositar  los  fondos



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