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Algunas reglamentaciones contenidas en la legislación del sector
privado han sido equiparadas a los trabajadores estatales tales como
el pago del décimo tercer mes, sucesión especial cuando se trata de
prestaciones laborales, protección al salario, salario mínimo legal,
etc. Algunas de estas normas se aplican de igual forma para ambos
grupos de trabajadores (la sucesión especial por ejemplo) y otras
como el XIIIer mes, y la protección al salario se aplican en forma
menos beneficiosa a los trabajadores del Estado. El XIIIer. mes se
paga hasta un tope de B/550.00 anuales, mientras que en el sector
privado no se tiene ningún límite, por el contrario, el mismo se
puede aumentar en virtud de convenios colectivos los cuales a pesar
que están relativamente permitidos en la administración estatal en
virtud de la ley 9 de 1994 no se tramitan por temor reverencial a la
autoridad, debilidad extrema de la mayoría de las organizaciones
gremiales del sector y desconocimiento de la existencia de la ley.
El Código Administrativo (1916) por su parte, establece que el
Presidente de la República puede “suspender la provisión de
cualquier empleo (. . .) si a su juicio, no se necesita para el buen
servicio público (...)” artículo 629, numeral 17, como si se tratara de
cambiar un tornillo desechable de una máquina y no de personas.
De acuerdo a esta excerta no existe estabilidad laboral en el sector
público en tanto que el artículo 762 señala la “posibilidad de la
reelección” de un empleado público (obsérvese que el término
utilizado un tanto despectivamente es el de “empleado”), o sea que
los trabajadores estatales como regla, debían ser nombrados por
un periodo fijo de tiempo, establecido en el artículo 791. El artículo
771 establece la necesidad de una fianza a los que deban manejar
fondos públicos o sea, que se presume la delincuencia y se prevee
evitarla de esta forma. Se establecen multas por incumplimiento de
deberes y la obligación de obedecer los reglamentos que “dicte la
autoridad competente” (art. 847); etc.
No existe en la legislación nacional una norma que reconozca
derechos semejantes a los descritos en el Código de Trabajo en
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