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cumplimiento de sus derechos, que en la mayor parte de los casos,
            les son negados. Las llamadas acciones de recursos humanos están

            descritas  en  la  ley  (retribución,  descansos,  ascensos,  traslados,
            permisos, sanciones, etc.) pero son aplicadas según el criterio de la
            administración pública y en una buena parte, de una sola persona,
            con autoridad autodesignada para ello, en interpretación antojadiza

            y subjetiva de las normas vigentes.


            5. De Carácter Jerárquico.
            La administración pública está organizada en base a una pirámide

            jerárquica en la que se debe respeto y sumisión al superior; teniendo
            éste facultades amplias para mandar, sancionar y privilegiar a los
            que de acuerdo a su subjetivo criterio realicen mejor las tareas.



            En  ese mismo  sentido, los superiores jerárquicos  no  sólo  poseen
            mejor  salario,  sino  una  serie  de  privilegios  como  no  marcar  la
            asistencia,  gastos  de  representación,  permisos  ilimitados  para
            asuntos personales y en general la exclusión de la aplicación de las

            normas del reglamento interno de trabajo. Como ejemplo, tenemos
            que los salarios de los Ministros y jefes de Instituciones Autónomas
            del Estado crecieron 7.7 veces entre 1965 y 1994, mientras que los
            salarios  de  los  trabajadores  de  base  que  en  1965  ganaban  entre

            B/60.00  y  B/80.00  mensuales,  crecieron  en  el  mismo  periodo,
            solamente 4.2 veces.


            Las altas autoridades jerárquicas institucionales tienen además otros

            privilegios como exoneración de impuestos de importación de vehículos,
            franquicias postales y eléctricas y telefónicas, exoneración de impuesto
            de  placa,  gasolina  pagada  por  la  institución,  pasaporte  diplomático,
            etc., todo lo cual está vedado para los trabajadores de base.



            Finalmente el impuesto sobre la renta que pagan los altos jerarcas
            de la administración pública son proporcionalmente inferiores a los
            que pagan los trabajadores de base.








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